CONDENAN A NIETA POR INSULTAR A SU ABUELA

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La abuela murió sin conocer la sentencia 

CONDENAN A

NIETA POR INSULTAR

A SU ABUELA

La jueza Nilda Lastra Claudio, del Primer Juzgado Unipersonal Penal de Coronel Portillo, condenó a Maricruz Viena Andrade como autora del delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes de grupo familiar, en agravio de su abuela Aurora Soplin Ovalle. La magistrada ordenó que cumpla 121 jornadas de prestación de servicios a la comunidad y pague S/ 1 000 en un lapso de tres meses a favor de la sucesión de la víctima, la agraviada falleció.

El Ministerio Público realizó una investigación penal en contra de la sentenciada y de su madre, Blanca Aurora Andrade Soplin, por agredir psicológicamente a la anciana, como un acto de agresión en contra de los integrantes del grupo familiar. Sin embargo, debido a las pocas pruebas presentadas durante el juicio oral, la jueza absolvió de los cargos a Blanca Andrade.

Quien en vida fue Aurora Soplin Ovalle, a sus 86 años de edad, residía en el asentamiento humano José Olaya y denunció en el 2018 por agresión psicológica a las personas que se suponía debían cuidar de ella. Según sus declaraciones, sus hijas, Blanca Aurora Andrade Soplin, y Juana Andrade Soplín, así como sus nietas, Katia Sabrina Viena Andrade y Maricruz Viena Andrade, la sometieron a malos tratos y amenazas.

El incidente, según relató la denunciante, ocurrió el 5 de marzo de 2018, cuando su nieto, Walter Luís García Ponce, discutió con su nieta Maricruz Viena en su domicilio. Al intervenir en la discusión para defender a su nieto, Aurora Soplin afirmó haber sido objeto de insultos y amenazas por parte de Maricruz Viena, quien la amenazó con matarla con una almohada esa misma noche. También señaló que sus hijas Blanca Andrade y Juana Andrade no le proporcionaban comida.

La tesis fiscal sostuvo que Blanca Andrade le otorgó un pedazo del terreno de la mujer de 86 años, a su hija Maricruz Viena (nieta de la víctima), sin su consentimiento. Por las constantes agresiones psicológicas la agraviada se retiró de su vivienda y se fue a la casa de otra hija, de Kety Andrade Soplín.

Otro incidente mencionado en la denuncia ocurrió el 29 de julio de 2018, cuando Kety Andrade llegó junto a su madre y unos trabajadores, a la vivienda de esta, ubicada en José Olaya, con el fin de que construyan una habitación para la víctima en la parte delantera del terreno. Fue cuando llegaron al predio Blanca Andrade y su Maricruz Viena.

“Llegó mi hermana Blanca a decir porque estábamos haciendo la casa, que estaba haciendo eso para dejarle botando a mi mama y para que le cuide ella, que todo iba a ser una cochinada, por lo que su hija salió a insultarnos de la misma manera, (…) por lo que mi mama y yo nos retiramos porque mi mamá se puso mal y tuve que llevarla al hospital”, refirió Kety Andrade.

«Eres una cochina, nadie te quiere, lárgate, vieja maldita, ¿por qué no te mueres?, te voy a envenenar», fue lo que le dijo su nieta Maricruz Viena.

La denunciante afirmó que estos constantes maltratos afectaron su salud mental, lo que fue corroborado por una evaluación psicológica realizada por la psicóloga Guisell Yovana Cossio Celadita, que arrojó que sufrió una afectación psicológica, cognitiva o conductual.

Sanción por el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes de grupo familiar

En Perú, el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar se encuentra tipificado en la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar. Las sanciones por este delito pueden incluir las siguientes:

Pena privativa de libertad: Dependiendo de la gravedad de la agresión y las circunstancias específicas del caso, el agresor puede ser condenado a una pena de prisión. Las penas pueden variar desde algunos meses hasta 3 años de cárcel.

Multas económicas: Además de la pena de prisión, el agresor puede ser condenado al pago de una multa económica, cuyo monto puede ser determinado por el juez en función de la gravedad de la agresión y la capacidad económica del agresor.

Medidas de protección y seguridad: El juez puede imponer medidas de protección y seguridad para garantizar la integridad física y emocional de la víctima, como órdenes de alejamiento o prohibición de acercarse a la víctima o a lugares frecuentados por ella.

Programas de rehabilitación: En algunos casos, el agresor puede ser ordenado a participar en programas de rehabilitación o terapia para abordar las causas subyacentes de su comportamiento violento y prevenir futuras agresiones.

Prestación de servicios a la comunidad: En lugar de prisión, el agresor puede ser condenado a prestar servicios a la comunidad como parte de su pena, participando en actividades que beneficien a la sociedad./ TonyReátegui.

 

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