16 DE JUNIO VENCE PLAZO PARA INSCRIBIR CANDIDATOS ERM 2026
16 DE JUNIO VENCE
PLAZO PARA INSCRIBIR
CANDIDATOS ERM 2026
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recuerda a las organizaciones políticas que el próximo martes 16 de junio vencerá el plazo para solicitar la inscripción de sus fórmulas y listas de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales (JEE), a fin de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).
Dicha fecha límite está establecida en el cronograma electoral para el proceso, actualizado mediante la Resolución N.º 0003-2026-JNE, por lo que la institución invocó a los personeros legales de los partidos políticos, movimientos regionales y alianzas electorales a no esperar el último momento para efectuar el trámite.
Las organizaciones políticas pueden presentar tales solicitudes de inscripción, así como otros documentos relacionados con dicho procedimiento, bajo las modalidades física o virtual, de acuerdo con el reglamento correspondiente, aprobado por Resolución N.° 0002-2026-JNE
La presentación física se realiza mediante la mesa de partes presencial del JEE competente, mientras que la presentación virtual se realiza a través del sistema Declara+ del JNE. La presentación se acredita con el cargo emitido por dicho sistema en el que consta la fecha y hora de envío de la solicitud.
Los JEE calificarán las solicitudes –que comprende a candidatos a gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, así como para alcaldes y regidores provinciales y distritales– y verificarán el cumplimiento integral de los requisitos señalados por ley a fin de determinar si son admitidas a trámite.
En ese contexto, dichos órganos evaluarán la observancia de la democracia interna, la paridad y alternancia de género, cuotas electorales, la presentación de la declaración jurada de hoja de vida de cada uno de los postulantes, planes de gobierno, entre otros aspectos.
Si el JEE advierte que algún candidato no cumple con alguno de los requisitos de forma, se otorga a la organización política un plazo de dos días calendario para que realice la subsanación correspondiente, en caso se detecte un incumplimiento insubsanable se declara la improcedencia de la solicitud.

