Precisa entrega de subsidio a trabajadores con coronavirus

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Essalud

Lima, may. 4.El Seguro Social de Salud (Essalud) estableció las normas complementarias para la aplicación del subsidio excepcional por los primeros 20 días de incapacidad temporal para el trabajo del servidor diagnosticado con el nuevo coronavirus.

La norma, de esta forma, desarrolla los alcances del D.U. Nº 026-2020, el cual dispuso que Essalud asuma un subsidio por incapacidad temporal para pacientes diagnosticados con covid-19 cuya remuneración mensual sea de hasta 2,400 soles, en tanto dicha enfermedad se haya confirmado con hisopado positivo o el procedimiento que determine la autoridad nacional de salud.

Dicho subsidio se otorga por los primeros 20 días de incapacidad. Este no es acumulable para el cómputo del plazo máximo anual subsidiado (11 meses y 10 días). Además, es reembolsado a los empleadores en un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la presentación de la solicitud.

Así, mediante la Resolución de Gerencia General Nº 563-GG-ESSALUD-2020, se establecen las tres condiciones que deberán cumplirse para la percepción del subsidio. Primero, ser trabajador dependiente, reconocido como asegurado titular activo de Essalud a la fecha de inicio de la incapacidad ocasionada por la enfermedad del covid-19; luego, tener la condición de paciente diagnosticado con la enfermedad del covid-19, confirmado  con hisopado positivo o el procedimiento que determine la autoridad nacional de salud y validada por la gerencia central de prestaciones de salud de Essalud.

El tercero se refiere a percibir una remuneración mensual no mayor a 2,400 soles.

De acuerdo con esta disposición, el subsidio excepcional es otorgado al empleador únicamente por el trabajador diagnosticado con la enfermedad del covid-19 durante el periodo de emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud, es decir, hasta el 9 de 2020, explicó el laboralista César Puntriano Rosas, al detallar los alcances de la norma.

Más situaciones

Si el trabajador con covid -19, se encuentra con la prestación del subsidio por maternidad o por incapacidad temporal para el trabajo por una contingencia  distinta a esta enfermedad, EsSalud continúa pagando dicho subsidio hasta el fin del descanso por maternidad o de la incapacidad temporal, hasta los topes máximos fijados en la normativa aplicable.

De fallecer, Essalud pagará el subsidio excepcional por los 20 primeros días de incapacidad o hasta la fecha de fallecimiento de ocurrir esta antes. (FIN) DOP/RES

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