Incluirán 5 artículos que benefician a cc.indígenas:

Tras las negociaciones llevadas a cabo en la Mesa Técnica de los pueblos afectados por la actividad petrolera, realizada entre el Ejecutivo – presidido por el Premier Salvador Del Solar- y los representantes y líderes de las comunidades indígenas del circuito petrolero de Loreto, se avanzó ostensiblemente en los acuerdos para la implementación del Decreto Supremo N° 139-2019-PCM, que declara de prioridad y urgencia nacional la elaboración de un Plan de Cierre de Brechas para los pueblos originarios de las provincias de Datem del Marañón, Alto Amazonas, Loreto-Nauta, Requena y Maynas.

En este diálogo jugó un rol preponderante el Director Regional de Salud Loreto –DIRESA- , Dr. Percy Luis Minaya León, para que se incluya en los acuerdos cinco artículos en la Ley de Presupuesto del sector público, año fiscal 2020, donde se autorice al Ministerio de Salud –MINSA- realice las transferencias financieras a favor del Gobierno Regional de Loreto –GOREL- y/o sus ejecutoras de Salud, previa suscripción de convenio, hasta p o r l a s u m a d e S/.18’000,000.00 de Soles.

Con estos recursos se financiará la atención de las acciones en el marco del «Modelo de Atención de Salud Integral e Intercultural de las Cuencas de los Ríos Pastaza, Corrientes, Tigre, Marañón y Chambira en la Región Loreto 2017- 2021», aprobado mediante Resolución Ministerial N° 594- 2017/MINSA, y sus modificatorias. Como se sabe, estos fondos antes se manejaban desde Lima y es poco o casi nada lo que se ha hecho por las comunidades beneficiarias, y la implementación del modelo de atención de salud integral e intercultural seguía postergada. Hoy que se ha tomado el trascendental acuerdo de que se autorice al MINSA transfiera esos recursos a Loreto, para que sea el gobierno regional a través del sector salud quien implemente el modelo de atención que exigen las comunidades indígenas, con la activa participación de los representantes de los pueblos originarios y el aporte técnico de los gobiernos locales del área petrolera.

El artículo tercero de esta propuesta, establece que la presente disposición se financia con cargo al presupuesto institucional del MINSA, y que son diferentes a las transferencias realizadas por el Seguro Integral de Salud –SIS- o los programas presupuestales y no demandarán recursos adicionales al Tesoro Público. También en el siguiente artículo se autoriza la contratación en el régimen CAS, de profesionales de la salud entre personal médico y asistencial, en los establecimientos que se encuentran en el circuito petrolero, en el marco del Modelo de Atención arriba indicado.

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