Seguro de Vida Ley desde el primer día de labores: ¿Cuántos trabajadores serán beneficiados?
Un millón 300 mil trabajadores que no tenían el beneficio ahora estarán protegidos por el Seguro de vida ley que en adelante será un derecho desde el primer día de labores, informó la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg). Seguro de Vida Ley A yer el Gobierno publicó el Decreto de Urgencia Nº 044- 2019 que establece que las empresas en el país deberán contratar el Seguro de Vida Ley para sus trabajadores desde el primer día de iniciada la relación laboral y ya no a partir del cuarto año de labores como es actualmente. “Saludamos que la cobertura del seguro de Vida Ley se haya ampliado, dado que esto garantiza que el trabajador esté protegido desde el primer día de labores”, señaló Eduardo Morón, presidente de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg). Morón agregó que actualmente hay 1 millón 200 mil trabajadores cubiertos por el seguro de Vida Ley, con el Decreto de Urgencia se sumarían 1 millón 300 mil trabajadores, lo cual daría un universo de 2.5 millones de trabajadores protegidos por este seguro. Los beneficiarios Los beneficiarios del Seguro de Vida Ley son tu cónyuge o conviviente y tus descendientes. Si no existieran estos beneficiarios, la indemnización corresponderá a tus padres, así como a tus hermanos menores de 18 años de edad. Las coberturas El Seguro de Vida Ley, protege a los trabajadores ante los riesgos de muerte natural, muerte accidental e invalidez total y permanente por accidente. Antes de este Decreto de Urgencia y de acuerdo al Decreto Legislativo N° 688 aprobado en 1991 las empresas estaban obligadas a contratar el seguro de Vida Ley una vez que el trabajador cumplía cuatro años de trabajo, pero tenían la potestad de contratarlo desde el tercer mes de labores del trabajador. ¿Cuáles son las coberturas? • Cobertura por muerte natural: cubre hasta 16 remuneraciones. • Cobertura por muerte accidental: cubre hasta 32 remuneraciones. • Invalidez permanente: cubre hasta 32 remuneraciones. ¿Qué tipo de invalidez permanente permite acceder a las remuneraciones? • Alienación mental absoluta incurable. • Fractura incurable de la columna vertebral. • Perdida de vista de ambos ojos. • Perdida de ambas manos, pies.