HRP. no debe condicionar entrega cadáveres al pago
Una mujer denunció que se condicionó la entrega del cuerpo sin vida del bebé que acababa de dar a luz al pago por la incubadora y el oxígeno que utilizó.
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Ucayali recordó al Hospital Regional de Pucallpa que los procedimientos administrativos de cobranza vigentes en los nosocomios de Ministerio de Salud prohíben retener o condicionar la entrega del cadáver de un familiar para garantizar el pago de la atención médica prestada.
Las recomendaciones fueron formuladas tras conocer el caso de una gestante de gemelos que el pasado 10 de abril del 2021 ingresó por emergencia al Hospital Regional de Pucallpa y, tras ser sometida a una ecografía que indicaba que sus hijos estaban bien, quedó internada en el servicio de Gineco obstetricia. Sin embargo, tres días después, ante la presentación de fuertes dolores, la gestante fue sometida una nueva ecografía en un centro particular y el resultado fue que se había producido la muerte fetal de uno de ellos, sin que nadie le explique las causas.
El 14 de abril del 2021 la ciudadana alumbró un feto y un bebé; empero, este último falleció a las 16:00 horas del 15 de abril. Tras este hecho, orientaron a la mujer para que pueda hacer los trámites a fin de que pueda retirar el cuerpo. No obstante, le indicaron que para salir tenía que pagar el monto generado por el uso de la incubadora y el oxígeno que utilizó su hijo en las pocas horas de vida, ya que el niño no contaba con SIS.
La ciudadana señaló además que fue conminada por el personal del hospital a llevarse el cadáver ese mismo día porque el mortuorio no presentaba condiciones de seguridad. Ante la presión y al no contar con el dinero suficiente en ese momento, la mujer decidió presentar su queja.
Ante el hecho, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Ucayali requirió al Hospital Regional de Pucallpa que el cadáver sea entregado de inmediato a la familia y se evite algún tipo de condicionamiento, sobre todo teniendo en cuenta las condiciones de inseguridad del mortuorio. En ese contexto, se comunicó con el área de servicio social del hospital y le pidió evaluar la exoneración del pago. En medio de esas coordinaciones, la persona pagó la suma de 76 soles.
En virtud a ello, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Ucayali pidió al Hospital Regional de Pucallpa tener en cuenta las referidas normas y evitar que situaciones similares se repitan. Asimismo, requirió disponer que la Unidad de Seguros del Hospital Regional de Pucallpa califique en forma inmediata la afiliación al SIS de los pacientes o recién nacidos, para evitar casos como este. J.Castillo