RETIRO AFP 25% Se aprueba la creación de cuentas con carácter de intangibilidad en el sistema financiero
BANCOS NO PODRÁN COBRARSE DEUDAS DEL 25% DE TU AFP
Se aprueba la creación de cuentas con carácter de intangibilidad en el sistema financiero
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP DEL PERÚ·SÁBADO, 16 DE MAYO DE 2020·1 MINUTO
A través del Decreto de Urgencia N.° 056-2020, se aprobó la apertura de cuentas en el sistema financiero a ciudadanos a fin de facilitar el proceso de pagos de los fondos otorgados o liberados por leyes y otras normas, debido a la situación de emergencia nacional.
Esta medida evitará que los ciudadanos acudan a las oficinas de las entidades para solicitar de forma presencial la apertura de cuentas y disponer de forma inmediata de los fondos a su favor.
Así mismo, el mencionado Decreto de Urgencia permite que los afiliados del Sistema Privado de Pensiones que se acojan al retiro bajo la Ley N.° 31017, puedan depositar sus retiros en dichas cuentas, y no ser objeto de retención u otra afectación sea por orden judicial y/o administrativa, ya que dichas cuentas tienen carácter de intangible por el período de un año.
🚨 FONDOS SERAN INTANGIBLES 🚫💵
BANCOS NO PODRÁN COBRARSE DEUDAS DEL 25% DE TU AFP
#URGENTE se publicó el DU N°056-2020, que en su Art. 3° señala de naturaleza #INTANGIBLE a los importes que se retiren de las AFP.
Si decides retirar el 25% de la AFP (Ley N°31017), ninguna entidad bancaria podrá retener, ni embargar o afectar de alguna manera, ni por orden judicial ni administrativa el dinero depositado en la entidad financiera, por el plazo de un año.