PRONUNCIAMIENTO COLEGIO MEDICO VETERINARIO DEL PERU : IVERMECTINA EN LA SALUD DE HUMANOS, ANIMALES Y AMBIENTE
El Colegio Médico Veterinario del Perú (CMVP) tomando conocimiento de la RM Nº 270-2020-MINSA de fecha, 8 de Mayo 2020, que Modifica el documento técnico: Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID19 en el Perú, RM Nº193-2020-MINSA, en su numeral 7.9 donde incluye al medicamento IVERMECTINA a consideración de los médicos tratantes, dentro de las pautas de tratamiento de los casos leves, moderados o severos de COVID19. Hallando además que, la señalada norma, hace alusión que el documento “Intervenciones farmacológicas para el tratamiento de la enfermedad Coronavirus 2019 (COVID19)” consultado, cuenta con la opinión mayoritariamente a favor del Grupo de trabajo creado por RM Nº 087-2020MINSA, modificada por RM Nº 246-2020-MINSA. Y observando que, el documento incluye la consideración de la única presentación de IVERMECTINA solucion oral de 6mg/ml 1gota (200 mcg) por Kg. de peso, dosis máxima 50 gotas. Queremos manifestar que suscribimos la medida del gobierno de trabajar sobre la detección temprana y tratamiento precoz de la enfermedad, así como de la opinión favorable del mencionado Grupo de Trabajo, en cuanto al uso de medicamentos que, como la IVERMECTINA, vienen tratando exitosamente en las 3 fases a los pacientes COVID19 y considerando ser un medicamento ampliamente aprobado para uso en humanos por la FDA con manejables efectos adversos. Lo que nos llama la atención es que sólo se considera la presentación de solución oral y no la presentación de tableta de 6 mg. que existe para uso humano y que debería ponerse también a consideración. Nos preocupa además que, desde los hallazgos en la Universidad de Monash en Melbourne (Australia) sobre el uso de la Ivermectina in vitro para aplacar el COVID19, cada día se tienen más testimonios de tratamiento humano exitoso entre las 24 y 48 horas de la ingesta de la IVERMECTINA, lo que origina una esperanza y una deseo ansioso de la población de adquirir el medicamento aún antes de presentar síntomas o de tener la prescripción médica de acuerdo a la condición especial y única de cada individuo, provocando la automedicación innecesaria (sobretodo de personas que pueden desarrollar su propia y natural inmunidad) y hasta contraproducente (en personas sensibles a los medicamentos), ocasionando una falta de disponibilidad del medicamento para quienes realmente lo necesitan, arriesgando la vida de las personas que se automedican y llendo al campo ambiental, provocando una mayor concentración de ivermectina en el ambiente, ya que este se elimina intacto y mantiene su acción, con lo cual se irá matando la biodiversidad de invertebrados que cumplen un rol en la naturaleza de suelos y aguas dulces y marinas. En este sentido, recomendamos que, además del consentimiento informado de los pacientes, se informe claramente a la población, a través de todos los medios que corresponda, y por los profesionales de la salud especialistas en la materia, y no por los llamados influenciadores (que no son los expertos), sobre los efectos adversos que cada uno de los medicamentos puestos a consideración pueden tener en los humanos y el ambiente, y que el uso simultáneo de hidroxicloroquina e ivermectina debe ser monitoreado por profesionales para controlar cualquier efecto secundario potenciado entre ambos medicamentos. Se recomienda considerar el uso en primera instancia de la IVERMECTINA y luego de 24 horas, según la evaluación del paciente considerar el uso o no de hidroxicloroquina. Estos medicamentos deben ser vendidos únicamente con receta médica para preservarlos para quienes realmente lo necesitan y evitar la contaminación ambiental masiva y nefasta pérdida de biodiversidad y del equlibrio ecosistémico. El CMVP, siendo consciente de la escasez de la IVERMECTINA para uso humano en el mundo y en nuestro país, sea por su agotamiento en los centros de salud con pacientes COVID19, por el cierre de fronteras, por falta del principio activo para su producción, por las compras desmedidas de personas descontroladas, entre otros, y conociendo que la IVERMECTINA es ampliamente utilizada para tratar las diversas infecciones parasitarias de las especies animales domésticas en sus diversas presentaciones orales e inyectables, recomendamos emitir la norma correspondiente que autorice la venta para consumo humano de IVERMECTINA de uso veterinario en las diversas presentaciones que detallamos al final del presente, para que permita el correcto cálculo de la dosis, en función de las concetraciones existentes, a los médicos tratantes de pacientes COVID19, toda vez que la comunidad médico veterinaria viene reportando llamados para la adquisición del producto IVERMECTINA que cuenta con receta de médico cirujano. Ante esta situación los Médicos Veterinarios éticos y respetuosos de las competencias y normas, no han atendido los pedidos, pero consideramos la urgente necesidad de que se abra esa oportunidad a la población, como lo ha hecho la Comunidad Europea, para que se logre salvar más vidas y prevenir condiciones de salud de fases avanzadas de la enfermedad, toda vez que el medicamento más allá de representar un riesgo, representa una oportunidad para resolver no sólo la condición de salud de la población sino de alcanzar la casuística ideal de tratamiento seguro y efectivo, y de constituirse en el pasaporte de los ciudadanos para retornar a la vida social, a la vida productiva y de economía sin miedos de pérdidas humanas. A esto sumamos el pedido de coordinación del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, el Ministerio del Ambiente, la Autoridad Nacional del Agua y el Ministerio de Salud para la toma de muestras y evaluación biomolecular para la detección de COVID19 en aguas residuales, en ríos, y zonas marinas costeras donde desembocan las aguas residuales para que sirva de indicador de mayor o menor incidencia de la enfermedad en las poblaciones aledañas, indicadores estratégicos para el levantamiento del confinamiento de la población y seguimiento epidemiológico, como lo han demostrado hidrólogos franceses al observar el comportamiento de crecida durante el inicio del brote y de descenso luego del confinamiento en las aguas residuales muestreadas durante 1 mes. Y al Ministerio de Agricultura que haga lo propio para investigar los efectos del uso masivo de la ivermectina en la biodiversidad, que conlleve a la mitigación oportuna de riesgos y consecuencias.
Finalmente el Colegio Médico Veterinario del Perú a través de la Comisión Especial COVID19 del CMVP pone a disposición del Estado las competencias en epidemiología y zoonosis; seguridad e inocuidad alimentaria; diagnóstico, tratamiento, elaboración de biológicos y bioseguridad, que tenemos los Médicos Veterinarios, para ayudar a aplacar la pandemia COVID19, así como la logística nacional a través de sus sedes departamentales para la correcta distribución del medicamento IVERMECTINA, con receta médica que deberá contar con 2 partes: 1. El medicamento y la cantidad 2. La prescripción o forma de administrarlo De esta manera los servicios veterinarios podrán retener la primera parte de la receta médica y los pacientes mantener la forma de uso del medicamento evitándose el múltiple uso de la receta indebidamente. En la lucha para aplacar las epidemias humanas provenientes de animales, como el COVID19, los médicos veterinarios protegemos la salud humana, animal y ambiental.
Eleazar Jesús Vargas Barboza Decano Nacional Colegio Médico Veterinario del Perú
Santiago de Surco, domingo 10 de Mayo 2020
FORMA DE PRESENTACIÓN DE IVERMECTINA PARA USO MÉDICO VETERINARIO
PRESENTACIÓN % COMPOSICIÓN CONVERSIÓN ESPECIES Tabletas Ivermectina 5 mg
200 mcg/Kg (1tableta por cada 25 Kg) Caninos y felinos Pasta oral 1.87% 6.42 gr 200 mcg/Kg (Cada marca del émbolo es para 100 Kg) Equinos Inyectable 1% Ivermectina 1gr Excipientes c.s.p. 100 ml 200 mcg/Kg (1 ml por cada 50 kg) Ganado bovino, ovino, camélidos