Obligatorio es en buses uso de cortinas divisorias

Compartir

Las empresas de transporte interprovincial están obligadas a implementar y usar cortinas de polietileno u otro material análogo que contribuyan al aislamiento entre los asientos del bus, con el objetivo de evitar la propagación de la covid-19, recordó la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran).

El ente fiscalizador precisó que en las provincias con nivel de alerta extremo y muy alto, la medida es obligatoria para todas las unidades de transporte ya sea que operen con el 50 % o 100 % de su aforo o si el viaje dura menos o más de cinco horas.

El incumplimiento de esta medida -calificada como muy grave- tiene como consecuencia para el transportista, la imposición de una multa de 2,200 soles (0.5 de una UIT), la interrupción del viaje, retención, internamiento preventivo del vehículo, y/o la suspensión precautoria de la habilitación vehicular.

De igual manera, el conductor de la unidad es pasible de recibir una multa de 440 soles (0.1 UIT) y la retención de su licencia de conducir por incumplir con lo antes dispuesto.

La Sutran hizo un llamado a todos los usuarios del transporte interprovincial para que respeten las medidas de bioseguridad durante todo su trayecto, a fin de frenar el avance de la pandemia de covid-19.

Por último, la entidad remarcó que el uso de mascarillas y protector facial, así como la presentación de la Declaración Jurada de Salud, continúan siendo obligatorias a escala nacional para todos los viajes en el interior del país.

Medidas dispuestas por el MTC

Los buses de pasajeros que realicen viajes interprovinciales por vía terrestre con duración mayor a cinco horas y que partan desde provincias declaradas en riesgo extremo, podrán operar con un aforo del 50 %, utilizando solo los asientos contiguos a las ventanas, y no será necesario presentar una prueba PCR molecular o antígena.

Para el caso de los viajes interprovinciales en zonas de riesgo extremo con duración menor a las cinco horas no se requiere la prueba molecular o de antígeno, pero se deberá operar con un aforo del 50 % de los asientos, usando únicamente los asientos contiguos a las ventanas.

Aforo al 100 %, pero con prueba de descarte

Para la segunda opción, el MTC indica que las empresas de transporte interprovincial podrán operar con un aforo del 100 % de los asientos, siempre que los pasajeros presenten una prueba de antígeno o molecular con resultado negativo, emitida con 72 horas de anticipación como máximo antes de abordar el viaje.

Estas medidas se sustentan en el Decreto Supremo N° 076-2021-PCM que prorroga las medidas dispuestas por el Ejecutivo para enfrentar la pandemia de covid-19. (FIN) NDP/MAO

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *