CON DS-018 -MTC IMPLEMENTAN EL TELEPEAJE

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CON DS-018 -MTC

IMPLEMENTAN

EL TELEPEAJE

Lima, oct.Con el objetivo de facilitar el pago del peaje en las vías públicas, reducir el congestionamiento vehicular y garantizar la fluidez del tránsito en las garitas de peaje ubicadas en rutas de alto flujo vehicular, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha modificado el Reglamento Nacional de Tránsito para implementar el telepeaje.

El Decreto Supremo Nº 018-2024-MTC incorpora al Reglamento Nacional de Tránsito la definición de telepeaje. Se trata del mecanismo por el cual se realiza la identificación del vehículo a través de la plancha metálica o de la calcomanía holográfica de seguridad (tercera placa), como elementos que integran la placa única nacional de rodaje.

Esta información permitirá al lector tecnológico instalado en la infraestructura de peaje, la clasificación vehicular y el procesamiento del pago automático sin la necesidad que el vehículo se detenga, se señala.

Cuando ya esté implementado, el pago del peaje podrá realizarse mediante sistemas financieros o cualquier otro método de pago moderno. Las entidades que administren las vías o concesionarias de carreteras, en el marco de sus contratos, deberán coordinar con autoridades competentes para la correcta instalación de la infraestructura de telepeaje y la designación de carriles de pago.

Se establece que la facultad de instalar garitas para el pago del peaje de forma manual y/o la infraestructura para el pago electrónico en la Red Vial Nacional corresponde al MTC. En la Red Vial Departamental, corresponde a los gobiernos regionales; y en la Red Vial Provincial, a los gobiernos locales.

Adicionalmente, la norma modificatoria adopta medidas pertinentes para facilitar y optimizar las acciones de fiscalización y sanción contra las conductas que evadan el pago del peaje o causen daño a la infraestructura.

Asimismo, se establecen incentivos para promover el cumplimiento de las obligaciones previstas en el marco normativo vigente.

En un plazo no mayor a noventa (90) días hábiles contados a partir de la publicación del Decreto Supremo, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolución Directoral, aprobará los lineamientos para la interoperabilidad de la información generada en el telepeaje.(FIN) DOP/RRC JRA

 

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