6 mil millones invertirán en 25 CC.NN.circuito petrolero

El pasado fin de semana, se publicó en el diario oficial el Peruano el Decreto Supremo N°145-2020-PCM, que aprueba el Plan de Cierre de Brechas para el ámbito petrolero de Loreto, con enfoque territorial y orientado a resultados.

Tras largas jornadas de lucha y optando por la vía del diálogo entre la PCM, el Gobierno Regional, gobiernos locales y Comunidades Nativas, a menos de un año del Bicentenario de la República, el Estado peruano promulgó el Decreto Supremo que aprueba el Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto, lo que significa que el gobierno central, en coordinación con las entidades involucradas, priorizará a mediano plazo una inversión de más de 6 mil millones de soles en servicios básicos e infraestructura de calidad que beneficiará directamente a 25 distritos del circuito petrolero en Loreto.

Cabe precisar que, el Gobernador de Loreto Elsiban Ochoa Sosa sostuvo entre el 2019 y 2020 sendas reuniones con representantes del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros y con líderes indígenas a fin de priorizar la elaboración del Plan de Cierre de Brechas, cuyo objetivo es mejorar las condiciones de vida de la población del ámbito petrolero de Loreto y, en particular, de las comunidades nativas por medio de una mayor presencia y un accionar articulado del Estado, alineado a las prioridades territoriales consensuadas y a la pluriculturalidad de sus habitantes;

Es necesario señalar que, para la implementación del Plan de Cierre de Brechas, la Presidencia del Consejo de Ministros, solicita la colaboración, participación y opinión de los representantes de las entidades públicas y/o privadas del ámbito petrolero de Loreto, especialmente del Gobierno Regional de Loreto, de los Gobiernos Locales y de representantes de las Organizaciones Indígenas en el ámbito de intervención.

Mediante el presente Decreto Supremo se encarga al Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, las funciones de monitoreo y seguimiento del proceso de implementación del Plan de Cierre de Brechas. A efecto de lo cual desarrollarán las siguientes acciones:

  1. a) Programar reuniones periódicas, de asistencia obligatoria para los sectores y niveles de Gobierno incluidos en el Plan de Cierre de Brechas.
  2. b) Solicitar y recibir la información de las intervenciones de los sectores y niveles de Gobierno incluidos en el Plan de Cierre de Brechas.
  3. c) Informar semestralmente al Consejo de Ministros, sobre los avances en la implementación del referido Plan.
  4. d) Otras actividades necesarias para el eficiente cumplimiento del monitoreo y seguimiento del proceso de implementación del Plan.

La ejecución del Plan de Cierre de Brechas se ejecutará de manera progresiva y con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, en el marco de las Leyes Anuales de Presupuesto.

El Decreto Supremo en mención ha sido refrendado por el Presidente de la república, el presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Cultura, la Ministra de Salud, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Educación, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro del Interior, la Ministra del Ambiente, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de la Producción, el Ministro de Defensa, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos.

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