Fiscalía propone prisión para acaparamiento de bienes y servicios urgentes para la vida

El Ministerio Público propuso sancionar el delito de acaparamiento de bienes o servicios de necesidad urgente para la vida y la salud de las personas con una pena de cárcel no menor de cuatro años ni mayor de seis y el delito de especulación con dos y hasta seis años de prisión.

Fiscal supremo adjunto, Ramiro Gonzáles Rodríguez, en representación de la Fiscalía de la Nación, sustentó ante la Comisión de Defensa del Consumidor que preside el congresista José Luna, el proyecto de ley presentado por esta institución.

El fiscal supremo informó las acciones que viene realizando la Fiscalía para el seguimiento y sanción a toda forma de acaparamiento y especulación que se incrementaron en medio de la pandemia.

Frente a ello, indicó que el Ministerio Público plantea reincorporar en el Código Penal el delito de acaparamiento, que fue derogado, con una pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis y con 185 a 360 días multa.

Respecto a la especulación, Ramiro Gonzáles dijo que se propone modificar las especificaciones actuales debido a que resulta inoperativo. Para este ilícito se determina una pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis años y con 180 a 300 días multa.

Refirió que plantean esta propuesta en medio de las denuncias de la ciudadanía por los altos precios en las farmacias y boticas de los medicamentos requeridos en el tratamiento contra el coronavirus.

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La iniciativa legal propone también prohibir diversas conductas comerciales orientadas al acaparamiento, dominación de la oferta de un producto provocando su escasez, y la especulación, la compra barata de productos y la venta a precios elevados, que atente contra la salud de las personas.

Los miembros de este grupo de trabajo coincidieron en cuestionar las prácticas de acaparamiento y especulación y en la necesidad de establecer y retomar nuevos mecanismos legales que permitan sancionar con más severidad estos casos.

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