Las motos eléctricas deberán tener SOAT:
En cuanto al tipo de permiso para conducir, el propietario deberá tramitar una licencia de tipo B2 debido a que las bicimotos y motos eléctricas ahora son considerados en la categoría L de esta norma.
De acuerdo con el MTC, si bien es cierto que las bicicletas que han sido modificadas con motores no ingresan a esta norma , esta cartera ha prohibido que las mismas sean implementadas con este tipo de baterías o motores.
Solamente en Lima, ya se cuentan con tres mil de estas unidades que circulan en las calles , según Registros Públicos. La modificación de la norma y a se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano.