Abren proceso disciplinario a cuatro fiscales en Ucayali
La Oficina Desconcentrada de Control Interno (ODCI), del Distrito Fiscal de Ucayali, abrió un proceso disciplinario en contra del fiscal provincial y fiscal adjunto provincial de la Fiscalía Provincial Mixta de Irazola, por inconducta funcional considerada como falta muy grave.
Del mismo modo, se abrió el proceso disciplinario en contra de la fiscal provincial y fiscal adjunta provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yarinacocha, por inconducta funcional consideradas como falta grave y falta muy grave, respectivamente, tal como lo establece la Ley N° 30483 – Ley de la Carrera Fiscal.
Liberación de detenidos por delito de robo agravado
La Oficina Desconcentrada de Control Interno de Ucayali, abrió proceso disciplinario contra los fiscales que pertenecen a la Fiscalía Provincial Mixta de Irazola, luego de tomar conocimiento a través de los medios de comunicación y las redes sociales, de la liberación de Diego Santiago Huaccha Manca y Aldair Cahuaza Guerra, detenidos en flagrancia por el delito de robo agravado, así también luego de recibir documentación pertinente a cerca del caso, por parte de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali.
Liberación de detenidos que estuvieron con prisión preventiva.
La Oficina Desconcentrada de Control Interno de Ucayali abrió procedimiento disciplinario en contra las representantes del Ministerio Público del distrito de Yarinacocha, luego de tomar conocimiento a través de los medios de comunicación y las redes sociales, de la liberación de Hopkins Helmus De Souza García, Wilfredo Romero Del Águila y Dirck Terry Mantilla Muñoz, quienes cumplían 09 meses de prisión preventiva por los delitos de fabricación, comercialización, uso o porte de armas en agravio del Estado – Ministerio del Interior; marcaje o reglaje en agravio del Estado – Ministerio del Interior y Tentativa de Homicidio, en agravio de dos efectivos policiales.
Según la resolución se dispuso un plazo de cinco días hábiles para la presentación de un informe de descargo, el cual debe incluir copias certificadas de toda la documentación que sea requerida para poder sustentar su descargo.
Asimismo, recomendó a los fiscales que en cumplimiento de sus funciones cumplan sus deberes conforme a la Constitución, la Ley y el Código de Ética de Ministerios Público. (A. Segovia).