Rescatistas y policía salvan a mascota
La Asociación “Patazas al Rescate Sin Fronteras”, recibió la denuncia de un ciudadano que grabó a una mascota expuesta a las lluvias intensas ocurridas el día de ayer. En el video se pudo ver al perrito a la intemperie de un balcón, mojándose con la lluvia y de frío, en una vivienda ubicada en pleno centro de Pucallpa.
“Todos tenemos que denunciar estos actos, no sólo es tomar fotos y grabar videos, toda persona natural o jurídica puede realizar la denuncia en una comisaría. Esta vez los Patazas pudimos constatar los hechos, donde no pudimos conversar con la propietaria y procedimos a asistir con un efectivo policial donde quedarán un antecedente en su contra.
En caso vuelva ocurrir se procederá ir directamente a la comisaría y realizar la denuncia correspondiente. Logramos el objetivo, que el perrito este dentro del hogar. Una mascota es un miembro más de la familia y también necesita atención”, anunció el grupo de rescatistas.
Ante este lamentable hecho, es importante recordar que desde el 2015 se encuentra vigente la Ley de Protección y Bienestar Animal (Ley N° 30407), que en su artículo 5 establece que “toda persona tiene el deber de procurar la protección y el bienestar de los animales, cualquiera sea su especie, evitando causarles daño, sufrimiento innecesario, maltrato de tipo físico que altere su normal comportamiento, lesión o muerte”.
La Policía Nacional del Perú recomienda que si eres testigo o si te informan de algún caso de maltrato animal, es importante para que se aplique “en forma efectiva” lo que la Ley N° 30407 establece tener pruebas como videos o fotos, ubicación del lugar y proceder a denunciar a la comisaría del sector.
También puedes acudir a la municipalidad (gobierno local) del distrito en donde sucedió el hecho o llamar a la línea gratuita 0800-00-25 del Ministerio Público, quienes se encargan de realizar el seguimiento de las denuncias por maltrato animal.
Cabe mencionar que, de acuerdo a la Ley N°30407, en caso se compruebe el maltrato, en el Código Penal se establece una pena privativa de libertad no mayor de tres años, con 100 a 180 días de multa con inhabilitación de tenencia de animales. Asimismo, si el animal muere como consecuencia del maltrato, la pena es privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años, con 150 a 360 días de multa y con la misma inhabilitación. (Claudia Rojas)