PIDE ABSOLVER A SENTENCIADO CASO SAWETO

Abogado defensor ratifica que no existe prueba válida, directa ni contundente que lo incrimine

PIDE ABSOLVER

A SENTENCIADO

CASO SAWETO

Ayer miércoles 9 de abril en Pucallpa se llevó a cabo la audiencia de apelación de segunda instancia en la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali sobre el caso Saweto.

Esta audiencia  es decisiva para determinar si la Primera Sala Penal de Apelaciones confirme o revoque la sentencia condenatoria de primera instancia, que impuso 28 años y 3 meses de pena privativa de la libertad a los acusados.

El abogado Fernando Ángeles, defensor de Carlos Estrada Huayta, dijo  a los magistrados: Comparezco ante esta sala para solicitar, con firmeza y fundamento, la absolución de mi patrocinado, quien ha sido injustamente vinculado a un hecho criminal sin que exista prueba válida, directa ni contundente que lo incrimine. Desde el inicio del proceso, hemos sostenido su inocencia, y hoy lo reiteramos: no existe evidencia que sustente una condena en su contra.

La acusación se sostiene exclusivamente en declaraciones provisionales y testimonios cuestionables, entre ellos el de un testigo protegido, cuya credibilidad ha sido severamente debilitada durante el juicio. Este testigo afirma haber escuchado una conversación incriminatoria en un bar, sin embargo, el propietario del establecimiento declaró que ese día el local no abrió. Esta contradicción fundamental no ha sido debidamente valorada.

Asimismo, es importante recalcar que no hay testigos directos ni pruebas materiales que vinculen a mi defendido con los siguientes elementos: Que haya amenazado a alguna de las víctimas, que haya participado directamente en el hecho, o que haya ordenado o instigado el crimen a terceros.

La acusación carece de solidez. Más aún, mi patrocinado nunca fue objeto de una medida de coerción personal severa como la prisión preventiva. Desde el inicio del proceso, ha cumplido con una comparecencia simple. Esto no es casual: es señal de que los propios magistrados evaluaron en su momento la debilidad probatoria del caso.

Además, el Banco de Crédito del Perú ha emitido un informe bancario que acredita que el 1 de septiembre de 2014, fecha clave para la investigación, mi defendido se encontraba realizando transacciones personales en una agencia bancaria en Pucallpa, lo cual demuestra que no pudo haber estado al mismo tiempo en el lugar del crimen. Como es lógico, una persona no puede estar en dos lugares al mismo tiempo. Sin embargo, esta evidencia tampoco ha sido valorada adecuadamente por el juzgado.

Denunciamos, además, que la fiscalía ha importado indebidamente testimonios de otro caso anterior, falsificando en esencia el relato de un supuesto testigo, lo cual pretendemos acreditar con una pericia y mediante la declaración del fiscal que tomó dicha manifestación en otro proceso.

No podemos dejar de mencionar el contexto de presión mediática y política en que se desarrolla este juicio. Hoy, nuevamente, vemos a representantes de comunidades y organizaciones que ejercen poder económico, político y mediático, tratando de influir en el desarrollo del proceso. Pero esta sala no es una sala de opinión ni de presión social, es una sala de Derecho, y confiamos en que así se actuará.

Por todo lo expuesto, y ante la ausencia total de pruebas legítimas y válidas, solicitamos a ustedes, honorables magistrados, que emitan una sentencia absolutoria en favor de mi patrocinado. La justicia no consiste en condenar inocentes, sino en buscar la verdad y sancionar a los verdaderos responsables. Que caiga el peso de la ley sobre quien lo merece, pero que no se cometa la injusticia de condenar a quien es inocente, recalcó Fernando Ángeles. J.Castillo

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