Liberan a comisario y policía de Honoria

El Juzgado de Investigación Preparatoria de Campoverde, a cargo del magistrado Dr. Frank Gaspar Sánchez Vásquez, dictó comparecencia restrictiva contra el comisario de Honoria, Herminio Giraldo Olano y el comandante de Guardia, Edwin Guillermo Bances Campo, investigados por el Ministerio Público por el delito de cohecho pasivo propio en la función policial.
El juzgado consideró “que los medios recabados hasta el momento por el Ministerio Público, carecen de corroboraciones periféricas que den fuerza a la imputación que recae sobre los investigados ante la realización del delito”, ya que la imputación se basa en la declaración vertida por el denunciante, sin elemento alguno que acredite su versión.
El fiscal a fin de acreditar la flagrancia sobre el actuar de los imputados, presentó diversas actas policiales, pero para entendimiento del juez Dr. Frank Sánchez, el hecho de que no se encontrara el dinero en ninguno de los imputados no configura las características de la flagrancia.
La parte denunciante presentó un audio como prueba, mismo que el juzgado consideró como elemento que no reviste “de mayor relevancia para acreditar el hecho denunciado”, hasta que no se acredite si la voz que se escucha en el mismo pertenece a alguno de los investigados.
En relación a los arraigos, tanto el comisario de Honoria como el comandante de Guardía, cumplen con los arraigos: laboral, familiar y domiciliario, por lo que se les impuso la comparecencia con restricciones como; no acercarse a la parte denunciante con fines de agresión, no comunicarse con la otra parte, pagar una caución económica de mil soles cada uno, no variar de domicilio, ni ausentarse de la ciudad sin previa autorización, entre otros.
En caso los imputados no cumplen con las reglas de conducta se les revocará el mandato de comparecencia restrictiva, se les impondrá prisión preventiva y serán internados en el establecimiento penal de esta ciudad de forma preventiva.
Cabe indicar que esta decisión en caso de disconformidad puede ser apelada por las partes, de ser así, será una sala superior quien podría confirmar, revocar o anular la decisión en primera instancia. Asimismo, la decisión tomada por el juez no cierra la investigación fiscal, quien tiene la oportunidad de seguir recabando elementos probatorios para su tesis.
Es importante precisar que sin perjuicio de ello y por oficio, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali solicitó un informe documentario de los actuados al magistrado. / Tony Reátegui.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *