RATIFICAN PRISIÓN PREVENTIVA PARA ALCALDE JEPELACIO

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Sala Penal de Apelaciones de Moyobamba

RATIFICAN PRISIÓN

PREVENTIVA PARA

ALCALDE JEPELACIO

San Martín, set.La Sala Penal de Apelaciones de Moyobamba, en la región San Martín dispuso dieciocho meses de prisión preventiva al alcalde del distrito de Jepelacio, Joel Huamán Minga, investigado por la presunta comisión del delito contra la administración pública en las modalidades de colusión, cohecho pasivo y tráfico de influencias en agravio del Estado.

Asimismo, el tribunal, integrado por los magistrados Juan Carlos Paredes Bardales (presidente), Rigoberto Arturo Campos Salazar y Mario José Córdova Escobar (director de debates), declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva contra Geiner Ulises Padilla Huancas y César Idel Villegas Peralta y dispuso el internamiento a un penal de ambos procesados.

Determinó que el plazo de la medida será computado a partir del momento de la detención de los imputados, ordenando su aprehensión y ulteriormente, su ingreso al penal de la ciudad de Moyobamba, oficiándose a la Policía Judicial y al establecimiento penitenciario.

Según la investigación fiscal, en enero del año 2022, la Municipalidad Distrital de Jepelacio, jurisdicción de la provincia de Moyobamba, contrató a una empresa privada para la construcción del puente carrozable en la localidad de Pacaypite, con un costo total de S/ 4,669,789.773.

Sin embargo, en el año 2023, el alcalde Joel Huamán Minga, en presunto contubernio con Geiner Ulises Padilla Huancas, habría autorizado un pago adicional de S/ 234,771.07, cuando el valor real del trabajo adicional era de solo S/ 60,000.00, lo que resultó en un perjuicio patrimonial para la entidad por un monto aproximado de S/ 170,000.00.

De igual manera la Fiscalía también sostiene que los imputados habrían falsificado fechas y documentos para encubrir estas irregularidades, infringiendo el Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado.

Además, se acusa a Geiner Ulises Padilla Huancas y César Idel Villegas Peralta de haber solicitado dinero a la empresa constructora a cambio de agilizar los pagos de nuevos adicionales de obra, así como de haber incrementado el valor de otro adicional, buscando un beneficio económico personal. (FIN) JQC

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