SI NO TIENES LAS DOS VACUNAS NO VIAJAS

Desde el pasado 10 de diciembre todas las personas mayores de 18 años de edad que deseen viajar a provincias, por bus o avión, deberán presentar su carné de vacunación que muestre que ha recibido las dos dosis de la vacuna contra la COVID-19.

¿Qué hacer si no cuentas aún con tu vacunación completa? 

Se podrá presentar una prueba molecular negativa tomada con 48 horas de anticipación.  Así lo anunció el ministro de Salud, Hernando Cevallos, quien además, remarcó que si no se cuenta con carné o la prueba negativa, no podrá realizar el viaje.

Uso de mascarillas

Los pasajeros pueden hacer uso de una sola mascarilla de alta filtración (N95, K9, FF2, KN95) o el uso de doble mascarilla para poder realizar sus viajes sin contratiempos.

El ministro de Salud reiteró que se decidió también adelantar al 10 de diciembre la exigencia de mostrar que se ha recibido dos dosis de la vacuna contra el covid-19 si es que se quiere ingresar a un lugar público con ambientes cerrados, tales como restaurantes, comercios o supermercados.

Viajes a Ica por fiestas de fin de año

Las autoridades de Diresa estarán en los puntos donde llegan los turistas para que muestren el carné.  Además, refieren que las  normas son claras: no puede viajar ninguna persona que no tenga las dos vacunas.

Además del carné, se reforzará el cumplimiento de las medidas de bioseguridad como uso de las mascarillas y distanciamiento social.

Requisitos para viajes en avión a provincias 

El titular del Minsa dijo que cualquier persona mayor de 18 años, no va a poder viajar en avión, en vuelos nacionales, si no tiene las dos dosis de vacunación o presenta un certificado de 48 horas de una prueba molecular.

Feriados largos: los días 24, 27, 31 de diciembre y 3 de enero serán no laborables

Nuevo feriado Largo. El Gobierno declaró los días viernes 24 , lunes 27, viernes 31 de diciembre del 2021 y el lunes 3 de enero del 2022 como días no laborables, los cuales sumados a los feriados ordinarios, generan fines de semana extendidos propicios para la práctica de turismo a nivel nacional.

Por conmemoración de fiestas de fin de años, es decir Navidad y Año Nuevo, los trabajadores podrán tener libres los días 24, 25, 26 y 27 (diciembre), el 31 de ese mismo mes, 1, 2 y 3 de enero.

El beneficio de las fechas no laborables está dirigido a trabajadores del sector público, a escala nacional; sin embargo, los centros de trabajo del sector privado pueden acogerse a la medida, previo acuerdo entre empleador y trabajadores.

El tiempo dejado de laborar durante los días no laborables serán compensadas en los 10 días posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Feriados largos de diciembre y enero

Los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante esas fechas, agrega la nueva disposición.

Además, indica qué actividades del sector privado están facultadas a determinar los puestos de trabajo excluidos de este beneficio y los trabajadores que continuarán laborando, con el objetivo de garantizar los servicios a la comunidad.

Se trata de los servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos.

El Decreto Supremo 161-2021-PCM tiene el objetivo de fomentar entre los trabajadores de todo el país el turismo interno e impulsar la reactivación económica.

 

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