RESTRINGEN CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS PESADOS

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Hasta diciembre 2025

RESTRINGEN CIRCULACIÓN

DE VEHÍCULOS PESADOS

Lima, ago.El Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispuso la restricción de circulación de vehículos especiales y otros en la Carretera Central (Ruta Nacional PE-22R), en el tramo comprendido desde el km 23 (Chaclacayo) hasta el km 145 (centro poblado Pucará-distrito de Morococha-región Junín) y viceversa, hasta el 31 de diciembre de 2025.

La norma se sustenta, de acuerdo a un informe, en los reducidos niveles de servicio de la Carretera Central, los tramos de curvas con radios de giro reducido, el alto nivel de accidentabilidad de la vía y los elevados niveles de tránsito vehicular que la vía soporta.

Estos factores, configuran supuestos para la declaración de vías de acceso restringido y  hacen necesario el establecimiento de medidas de gestión del tránsito que permitan lograr una mayor fluidez y seguridad en la vía, lo que redundará en la reducción de los tiempos de viaje de los usuarios.

De acuerdo a la Resolución Directoral N° 018-2024-MTC/18, publicada en el cuadernillo de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la restricción es para los vehículos especiales de las categorías M, N y O, con autorización temporal para la circulación.

La restricción comprende también a los vehículos especiales y unidades que transportan mercancía especial de hasta 4 metros de ancho y de hasta 60 toneladas de carga.

 

La norma precisa que la restricción para dichas unidades es de lunes a jueves  y solo circularán con autorización del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (Provias Nacional)  y hasta un máximo de 65 vehículos por día. Su circulación está prohibida de viernes a domingo.

También se indica que la restricción alcanza a los vehículos especiales y unidades que transportan mercancía especial con más de 4 metros de ancho o con más de 60 toneladas de carga.

En este caso, dicho tipo de vehículos solo podrán circular, con autorización de la Sunat, de lunes a jueves,  hasta un máximo de dos unidades por día. De viernes a domingo está prohibida la circulación de dichos vehículos.

Igualmente, la norma señala que está totalmente restringida(todos los días de la semana) la circulación en las combinaciones vehiculares especiales (bitrenes).

 

Se indica, igualmente, que el horario de circulación (de los vehículos autorizados) se definirá mediante Directiva Nº 008-2008-MTC/20 “Normas y Procedimientos para el otorgamiento de Autorizaciones Especiales para Vehículos que transportan Mercancía Especial y/o Vehículos Especiales”.

 

Controles

 

En el 1.2 del primer artículo se indican que los puntos de control obligatorio estarán ubicados en los extremos del tramo km 23 de la vía (Chaclacayo) y el punto ubicado en el km 145 de la vía (centro poblado Pucará).

 

La Poliçía Nacional del Perú en coordinación con la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) podrán establecer otros puntos de control a fin de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la resolución, sin perjuicio de que se dispongan otros puntos de control conforme a su plan operativo de fiscalización.

 

Los puntos de control estarán ubicados en la intersección  Av. Los Laureles, km 7; entrada de Ñaña, km 19.500;  Centro Poblado Curipata, km 161 (Ruta Nacional PE-22).  Sector Huacapo, Km 6 (Ruta Nacional PE 22B);  ciudad de Junín, km 54 (Ruta Nacional PE 3N) y, Puente Stuart,  Km 77.500 (Ruta Nacional PE-3S.

Del mismo modo, la norma señala que por razones de ejecución de actividades de mantenimiento o conservación de la Ruta Nacional PE-22 (Carretera Central), Provías Nacional puede denegar la emisión de autorizaciones para la circulación de los vehículos especiales y vehículos que transportan mercancía especial  así como suspender temporalmente aquellas que se hayan emitido.

Añade que, excepcionalmente, por razones debidamente justificadas, o de interés nacional, Provias  Nacional puede autorizar la circulación de los vehículos restringidos, lo cual será comunicado previamente a la Sutran, con la relación detallada de las autorizaciones emitidas.

En el artículo 2 de la resolución, relacionado al cumplimiento de la restricción, se subraya que la Policía Nacional del Perú, en el marco de sus competencias, dispone las acciones de control en la Ruta Nacional PE-22 (Carretera Central), a fin de detectar cualquier infracción de tránsito y/o conducta indebida derivada del incumplimiento o resistencia a cumplir lo dispuesto en el presente dispositivo legal, en coordinación con la Sutran.

En el artículo 3, se establece que la Sutran está a cargo de las acciones de control en la Ruta Nacional PE-22 (Carretera Central), a fin de detectar, cualquier infracción derivada del incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte y el Reglamento Nacional de Vehículos.(FIN) JCB/TMC

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