Reniec inscribe defunciones electrónicas automáticamente

Lima, jun. 5. El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) está generando automáticamente actas electrónicas de las defunciones ocurridas durante la etapa de aislamiento social obligatorio y lo seguirá haciendo hasta que finalice el año, informó el ente registral.

Precisó que las actas de defunción se inscriben de oficio los fallecimientos, es decir, sin que la inscripción de cada muerte haya sido solicitada en una oficina registral.

Además, el Reniec actualiza la información sobre los difuntos para que aparezcan como tales en la base de datos donde se encuentran todos los peruanos que cuentan con un Documento Nacional de Identidad (DNI).

Una vez emitidas las actas, se pueden obtener copias certificadas de las mismas a través de la página web www.reniec.gob.pe.

En condiciones normales, la defunción es inscrita en una oficina registral por una persona que cumple el papel de “declarante”, quien se hace responsable de la veracidad del Certificado de Defunción y recibe la primera copia del acta (o partida) de defunción.

Ahora, de manera excepcional, el Reniec emite las actas de las defunciones que no hayan sido ni sean declaradas hasta el 31 de diciembre de 2020, con el fin de evitar que los ciudadanos se acerquen a una oficina registral y así reducir los riesgos que las aglomeraciones implican en la actual situación de emergencia sanitaria.

El trámite de inscripción es actualmente innecesario, siempre y cuando se haya generado de manera electrónica el Certificado de Defunción, documento mediante el cual un profesional de la salud deja constancia de que una persona ha fallecido y señala las circunstancias de la muerte, así como su posible causa.

Este documento es emitido en línea –ingresando automáticamente a la base de datos del Reniec– cuando el establecimiento de salud donde se produjo el deceso cuenta con el Sistema Informático Nacional de Defunciones (SINADEF).

La decisión de generar actas de defunción de oficio fue formalizada mediante la Resolución Gerencial N° 010-2020/GG/ RENIEC, emitida el 26 de mayo de 2020. Registrar las muertes que se encontraban pendientes de inscripción y las que ocurran hasta fin de año beneficiará a aquellas personas que necesitan un Acta de Defunción para realizar trámites relacionados con pensiones, herencias, seguros, indemnizaciones, entre otros.

Conviene saber.-La inscripción de una defunción, a diferencia del nacimiento, no es territorial; es decir, se lleva a cabo en cualquier oficina registral, sea del RENIEC o de la municipalidad. Además, no existe un plazo para que la muerte sea ingresada en el sistema de registros civiles.El SINADEF es un aplicativo que utilizan establecimientos de salud y que actualmente sirve para certificar el 70 % de las muertes ocurridas a nivel nacional. El restante 30 % de certificados de defunción se sigue emitiendo de manera manual.Las actas de las defunciones ocurridas hasta el pasado 11 de abril fueron generadas de oficio, al emitirse las Resoluciones Gerenciales N° 006 y 009-2020/GG/ RENIEC, con el propósito de depurar el padrón de las Elecciones Generales 2021.Para saber si un acta registral se encuentra en la base de datos digital del RENIEC, ingresar a www.reniec.gob.pe / Servicios en Línea / Consulta de actas registrales. Para obtener la copia certificada de un acta, ingresar a www.reniec.gob.pe / Servicios en Línea / Copias certificadas de actas / partidas. (FIN) NDP/LIT

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