Prorrogan estado de emergencia por 30 días por covid-19
El Gobierno prorrogó el estado de emergencia nacional por el plazo de 30 días calendario, a partir del martes 1 de junio del 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del covid-19, según norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.
El Decreto Supremo N° 105-2021-PCM señala que durante la presente prórroga del estado de emergencia nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú.
El personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, conforme a la normativa vigente.
La norma aprueba, asimismo, una serie de medidas que deberán cumplirse, desde el 1 de junio próximo, de acuerdo al nivel de alerta sanitaria por departamento, a fin de reducir el riesgo de contagio del covid-19, conforme al siguiente detalle:
La norma establece, asimismo, que, hasta el 20 de junio del 2021, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento, conforme al siguiente detalle:
Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; y, los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Igualmente, hasta el 20 de junio del 2021, se dispone la prohibición del uso de vehículos particulares, según el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento, conforme al siguiente detalle:
Nivel de alerta alto: Domingo
Nivel de alerta muy alto: Domingo
Nivel de alerta extremo: Domingo
Según el nivel de alerta por provincia y departamento, hasta el 20 de junio del 2021, las siguientes actividades económicas; así como, los templos y lugares de culto, tendrán el siguiente aforo:a) Nivel de alerta moderado:- Actividades en espacios cerrados:Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 50%.Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 50%.Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 60%.Restaurantes y afines en zonas internas: 60%.Templos y lugares de culto: 50%.Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 60%.Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 60%.
Bancos y otras entidades financieras: 60%- Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales):Artes escénicas.-Restaurantes y afines en zonas al aire libre.-Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos.-Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- b) Nivel de alerta alto:- Actividades en espacios cerrados:Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 40%.-Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 40%.-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 60%.-Restaurantes y afines en zonas internas: 50%.-Templos y lugares de culto: 40%.-Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 50%.-Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 50%.-Bancos y otras entidades financieras:60%- Actividades en espacios abiertos(sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales):Artes escénicas.-Restaurantes y afines en zonas al aire libre.-Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos.-Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.-c) Nivel de alerta muy alto:- Actividades en espacios cerrados:Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 30%.-Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 30%.-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 50%.-Restaurantes y afines en zonas internas: 40%.-Templos y lugares de culto: 30%.-Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 40%.-Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 40%.-Bancos y otras entidades financieras: 50%.-Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50% a 100% regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.– Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales):Artes escénicas.-Enseñanza cultural.-Restaurantes y afines en zonas al aire libre.-Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos.-Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.-d) Nivel de alerta extremo:- Actividades en espacios cerrados:Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 20%.-Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 20%.-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias 40%.-Restaurantes y afines en zonas internas (con ventilación): 30% (previa cita).-Templos y lugares de culto: 20%.-Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 30%.-Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 30%.-Peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillaje y otros afines (con ventilación): 40% (previa cita).-Bancos y otras entidades financieras: 40%.-Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50% a 100% regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery): hasta las 23:00 horas.Servicio de farmacia para entrega a domicilio (delivery): las 24 horas.- Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales):Artes escénicas.-Enseñanza cultura.-Restaurantes y afines en zonas al aire libre.-Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológico.-Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre” (FIN) LIT