INDECOPI REFUERZA VIGILANCIA CONTRA PUBLICIDAD ENCUBIERTA
Y engañosa en redes sociales
INDECOPI REFUERZA
VIGILANCIA CONTRA
PUBLICIDAD ENCUBIERTA
Lima, mar. 31.El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), anunció hoy que ha reforzado la vigilancia contra la publicidad encubierta y engañosa que se difunde en las redes sociales.
Indicó que reafirmando su compromiso con la transparencia y la protección del consumidor, desde el 2019 el Indecopi ha iniciado 13 procedimientos sancionadores a influencers, creadores de contenido y empresas, por hacer publicidad a través de las redes sociales, imponiéndoles multas por incumplir con la Ley de Represión de la Competencia Desleal.
Uno de los casos más recientes es el de la influencer Alejandra Baigorria, quien según se determinó en primera instancia deberá asumir una multa de 47 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a 251,450 soles, por promover el juego en línea «Minas o Mines de Meexbet» sin indicar que se trataba de publicidad pagada ni incluir la advertencia obligatoria sobre los riesgos del juego excesivo.
El Indecopi enfatizó que los influencers deben ser transparentes y etiquetar como «Publicidad» o «#Publicidad» los contenidos patrocinados.
Esto no solo cumple con la normativa, sino que también permite a los consumidores tomar decisiones informadas.
La Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal detectó la difusión de 47 historias en la red social Instagram, donde la influencer promocionaba el mencionado juego a través de publicidad encubierta.
Además, no incluyó la advertencia exigida por la normativa: «Los juegos y apuestas deportivas a distancia realizados en exceso pueden causar ludopatía», en un formato claro y visible. Presuntamente se habría vulnerado dos principios fundamentales de la publicidad:
1) Principio de autenticidad: al no advertir que se trataba de contenido publicitario, presentándolo como recomendaciones personales.
2) Principio de legalidad: al omitir la advertencia obligatoria sobre los riesgos del juego en línea.
Finalmente, mediante Resolución N.º 013-2025/CCD-INDECOPI del 4 de marzo de 2025, la Comisión determinó que Baigorria incurrió en ambas infracciones y aplicó una sanción de 1 UIT por cada historia publicada, acumulando un total de 47 UIT. Cabe precisar que aún se encuentra dentro del plazo para apelar la resolución, de ser el caso.
(FIN) NDP / MDV