Venezolanos podrán ingresar a Perú sin pasaporte:

Los ciudadanos venezolanos podrán ingresar a Perú sin pasaporte debido a que el Poder Judicial declaró fundada en parte la acción de habeas corpus interpuesta por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) contra Marco Medina Guimaraes, ministro del Interior, y Eduardo Sevilla, superintendente de Migraciones.

De acuerdo con el documento, la exigencia del pasaporte es una medida que vulnera el derecho al libre tránsito de los venezolanos, quienes desde el 25 de agosto tenían como requisito para entrar a Perú la presentación de este documento.

Según precisa el Poder Judicial, si bien la exigencia del pasaporte obedece a la suspensión de Venezuela como Estado Parte del Mercosur (5 de agosto 2017), el país fue suspendido, precisamente, porque se advirtió una «ruptura del orden democrático».

Por tanto, se suspendieron todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición en el Mercosur, decidiendo que los demás Estados Parte, entre ellos Perú, definan medidas con la finalidad de reducir los impactos negativos en sus ciudadanos.

La exigencia del pasaporte, sin embargo, no ha tenido en cuenta que la crisis democrática impide, entre otras cosas, la posibilidad de que los venezolanos obtengan este documento de viaje, una circunstancia abordada en la «Declaración de Quito sobre Movilidad Humana de Ciudadanos Venezolanos en la Región» que se celebró el 4 de setiembre y que fue suscrita por el Perú.

En el referido acuerdo se exhorta a Venezuela que tome de manera urgente y prioritaria las medidas necesarias para la provisión oportuna del pasaporte, pues esta carencia ha generado que se limite el derecho a la libre circulación y movilidad, e incentiva la migración irregular.

Por tanto, requerir el pasaporte a los ciudadanos venezolanos, desconociendo las dificultades por las que tienen que pasar para obtenerlo, es revictimizarlos y vulnerar su derecho al libre tránsito.

«Las políticas migratorias adoptadas por las autoridades peruanas no deben vulnerar ni restringir derechos fundamentales inherentes a los ciudadanos venezolanos, y por tanto la exigencia del pasaporte a sabiendas de la realidad que tienen que pasar estas personas en su trámite es una expresión más del quiebre o ruptura del orden democrático que se vive en dicho país, lo que implica una transgresión más a su derecho al libre tránsito», explica el documento.

«Déjese sin efecto la resolución de Superintendencia de fecha 24 de agosto del 2018 en el extremo que dispone que desde las 00:00 horas del día 25 de agosto del 2018 se deberá exigir la presentación de pasaporte vigente a las personas de nacionalidad venezolana para efectos del control migratorio de ingreso al territorio nacional», dice el documento.