S/ 180 MILLONES RECIBIÓ LORETO DE CANON PETROLERO
Y Ucayali, 50.4 millones de sobrecanon petrolero,a octubre 2024
S/ 180 MILLONES
RECIBIÓ LORETO DE
CANON PETROLERO
Lima, dic.La producción de hidrocarburos (gas y petróleo) en el país, en el período enero – octubre del 2024, generó 2,115 millones de soles de canon y sobrecanon, que fueron transferidos a Cusco, Piura, Tumbes, Ucayali, Loreto y Puerto Inca en Huánuco, para el desarrollo de obras de infraestructura en beneficio de la población, informó Perupetro.
De los 2,115 millones de soles de canon y sobrecanon reportados, 1,439 millones de soles correspondieron a Cusco, 345 millones a Piura, 180 millones a Loreto, 91.5 millones a Tumbes, 50.4 millones a Ucayali y 9.6 millones a la provincia de Puerto Inca en Huánuco.
El canon es el aporte que reciben los gobiernos regionales, locales (municipalidades provinciales y distritales), universidades nacionales e institutos superiores pedagógicos y tecnológicos estatales, del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de los recursos hidrocarburíferos en dichas zonas. El canon de hidrocarburos es pagado por Perupetro en base a la producción fiscalizada. Desde el año 1993 a la fecha, el canon y sobrecanon transferido a nivel nacional por la producción de hidrocarburos ascendió a 43,554 millones de soles.
Uso del canon
De acuerdo a ley, los recursos del canon deben ser utilizados para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos y obras de infraestructura de impacto regional o local. Además, en inversión productiva para el desarrollo sostenible de las comunidades donde se explota el recurso natural.
En el caso de las universidades e institutos, el canon debe ser de uso exclusivo para la inversión en investigación científica y tecnológica que potencia el desarrollo regional.
Acerca de Perupetro
Perupetro es una empresa estatal de derecho privado que tiene a su cargo la administración de los recursos de hidrocarburos para su aprovechamiento sostenible en beneficio del país.(FIN) NDP/JJN